Libre Expresion en el IPN????
El día de ayer el equipo de Xprensate (osbelio y lunita) se encontro con una desagradable experiencia en UPIICSA....
Esto fue porke nos dimos el tiempo de ir a recibir, apoyar y sobre todo a escuchar a miembros de la APPO y la seccion 22 del SNTE, que como se informo iban a dar una conferencia para informanos del conflicto en Oaxaca, pero debido al funcionalismo de nuestras miopes autoridades no fue posible, ya que se negaron los foros, ya que como era logico dañarian la 'imagen' del IPN en su 70 aniversario y mas en la semana de conferencias de tecnologias de Internet en su auditorio principal....
Pero nos acercamos a los compañeros que habian organizado la conferencia y entre muchas otras cosas (que se trataran en post siguientes) nos comentaban que habían pegado algunos carteles de apoyo, opinion o simplemente informativos sobre Oaxaca, mismos que no duraban ni 15 min y eran quitados de manera poco agradeble por personal del plantel, desde maestros hasta personal de seguridad...
Depues de la charla colocaron con bastante cinta dos carteles dentro de la escuela uno en una columna y el otro en un bote de basura, mismos que fueron arrancados en menos de 5 min despues de habernos retirado de muy mala manera, pero Osbelio capturo todo en la lente de Xprensate, pero cual fue su sorpresa que tambien nos tomaron fotos y no paro ahi...
Como vieron que traimos un cartel mas nos siguieron hasta que salieron a nuestro encuentro 2 autoridades (un personal de seguridad y el jefe de ellos), que 'hablaron' con nosotros diciendo que no esta mal pero que hay formas, que no seamos bichos raros, que no nos busquemos problemas, etc... etc....,
Pero lo que nos dio coraje, independientemente que aparte de quitar los carteles no hayan negado el sello (que Osbelio pidio) es que al quitar los carteles violan 2 derechos de la CONSTITUCION la ley suprema de Mexico y uno de la LEY ORGANICA del IPN ley suprema del IPN...
Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.
Artículo 7o. Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad pueden establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como
instrumento del delito.
ARTICULO 34.- Las asociaciones de alumnos se organizarán en la forma que los mismos determinen y serán independientes de las autoridades y órganos del Instituto.
*Texto:Lunita-Osbelio, Fotos:Osbelio
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